Para circular, un patinete eléctrico necesita certificado de circulación, inscripción en el registro con su etiqueta y seguro obligatorio. No puede pasar de 25 km/h ni ir por la acera, y desde el 1 de octubre de 2026 quien lo conduce tiene que llevar casco en cualquier vía y tener al menos 15 años. Ir sin casco es una infracción grave con multa de 200 euros, según la DGT.
Certificado, registro y etiqueta
La ley llama al patinete eléctrico vehículo de movilidad personal. Desde el Real Decreto 52/2026, en vigor desde el 30 de enero de 2026, para circular tiene que cumplir tres requisitos:
- Certificado de circulación. Garantiza que el modelo cumple los requisitos técnicos del manual de la DGT, como dos frenos independientes, luz delantera blanca y trasera roja, catadióptricos, avisador acústico y ruedas de al menos 8 pulgadas. Desde el 22 de enero de 2024 solo se pueden vender patinetes certificados, y los vendidos antes, sin certificado, pueden circular hasta el 22 de enero de 2027. La DGT publica en su web la lista de modelos certificados, que pueden anunciarse como Certificado por la DGT.
- Inscripción en el registro. La pide el titular, preferentemente en la sede electrónica de la DGT, con su DNI o NIE, la ficha de características del fabricante y el pago de una tasa, que en la sede de la DGT figura como 8,67 euros. Recibes un certificado de inscripción digital con un número que empieza por la letra M. Si vendes el patinete, el cambio de titular se hace en 30 días y se conserva el número.
- Etiqueta identificativa. La hace un manipulador de placas de matrícula habilitado, con el número en negro sobre fondo blanco, y se pega en la parte trasera, bajo la luz.
Con el certificado de inscripción ya puedes contratar el seguro obligatorio, que te contamos en seguro de patinete eléctrico.
Velocidad y por dónde se puede circular
Un patinete eléctrico tiene una velocidad máxima por diseño de 6 a 25 km/h; por debajo de 6 km/h es un juguete. Según la DGT, la velocidad máxima permitida es de 25 km/h.
| Dónde | Se puede circular |
|---|---|
| Aceras | No, están reservadas a los peatones |
| Zonas peatonales | Solo si lo autoriza el ayuntamiento, con prioridad del peatón |
| Calzada urbana | Según la ordenanza de cada ayuntamiento; si no la hay, por cualquier calzada urbana, según la DGT |
| Vías interurbanas y túneles urbanos | Solo por vías ciclistas, carriles bici y vías cerradas a los vehículos de motor, si ninguna señal lo prohíbe |
| Autopistas, autovías y travesías | No |
| Carril VAO | No |
La novedad de 2026 es que, fuera de la ciudad, el patinete puede ir por carriles bici y otras vías ciclistas si ninguna señal lo prohíbe. Dentro de la ciudad, manda la ordenanza de cada ayuntamiento.
Casco, luces y edad mínima desde el 1 de octubre de 2026
El Real Decreto 518/2026 cambió el Reglamento General de Circulación y, desde el 1 de octubre de 2026:
- Casco obligatorio en cualquier vía, también en ciudad, homologado o certificado y bien abrochado.
- De noche o con poca visibilidad, un elemento luminoso o reflectante que se vea a 150 metros. La DGT lo resume como chaleco reflectante.
- Si lo usas para trabajar, chaleco reflectante de alta visibilidad en todo tipo de vías.
- Edad mínima de 15 años. Es la primera edad mínima para todo el país; antes solo la fijaban algunas ordenanzas.
- Maniobras con el brazo. Hay que indicarlas.
- Luces siempre encendidas. La norma ya lo pide, pero de día no se exigirá hasta el 1 de octubre de 2027.
Lo que está prohibido en patinete
- Llevar a otra persona. El patinete tiene una sola plaza y el Reglamento prohíbe llevar más personas que plazas.
- Auriculares. Está prohibido conducir con auriculares conectados a un reproductor de sonido.
- El móvil. Está prohibido usarlo mientras conduces.
- Alcohol y drogas. La DGT toma como referencia la tasa general de 0,25 mg por litro de aire espirado. Tienes que someterte a las pruebas y, si das positivo, el patinete puede quedar inmovilizado.
Multas en patinete eléctrico
Las cuantías salen de la DGT, pero de documentos de distinta fecha. Las marcadas como de 2019 vienen de una instrucción de ese año y de una página de la DGT que no está actualizada:
| Infracción | Multa | De cuándo es el dato |
|---|---|---|
| Sin casco | 200 euros, infracción grave | 2026 |
| Sin reflectante de noche o con poca visibilidad | 200 euros, infracción grave | 2026 |
| Por la acera | 200 euros, infracción grave | Antiguo, de 2019 |
| Con el móvil | 200 euros | Antiguo, de 2019 |
| Con auriculares | 200 euros | Antiguo, de 2019 |
| De noche sin alumbrado ni prendas reflectantes | 200 euros | Antiguo, de 2019 |
| Dos personas en el patinete | 100 euros | Antiguo, de 2019 |
| Con alcohol | 500 o 1.000 euros según la tasa | Antiguo, de 2019 |
| Con drogas | 1.000 euros | Antiguo, de 2019 |
| Negarse a la prueba de alcohol o drogas | 500 o 1.000 euros; con drogas, 1.000 euros | Antiguo, de 2019 |
Con alcohol o drogas, además, el patinete queda inmovilizado, según la DGT. Los ayuntamientos pueden poner sus propias multas en lo que regulen por ordenanza. La multa por no tener seguro tiene cifras distintas según la fuente: te las explicamos en seguro de patinete eléctrico.
Esta página resume la norma y no es asesoramiento legal: ante cualquier duda, manda el texto publicado en el BOE.
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Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio el casco en patinete eléctrico?
Sí. Desde el 1 de octubre de 2026, en cualquier vía, también en ciudad, homologado o certificado y bien abrochado. Ir sin él son 200 euros de multa, según la DGT.
¿Cuál es la velocidad máxima de un patinete eléctrico?
25 km/h. Es la velocidad máxima por diseño de un vehículo de movilidad personal y la máxima permitida, según la DGT.
¿Hay que registrar el patinete eléctrico?
Sí. Desde el 30 de enero de 2026 tiene que estar inscrito en el registro de la DGT y llevar su etiqueta identificativa. La inscripción se pide en la sede electrónica de la DGT.
¿Qué edad mínima hay para conducir un patinete eléctrico?
15 años, desde el 1 de octubre de 2026.
¿Se puede ir en patinete eléctrico por la acera?
No. Las aceras están reservadas a los peatones. En otras zonas peatonales, solo si lo autoriza el ayuntamiento.
Fuentes: Real Decreto 518/2026, BOE, Reglamento General de Circulación, texto consolidado en el BOE, Real Decreto 52/2026, BOE, Manual de características de los VMP, BOE, DGT, micromovilidad, DGT, en patinete, DGT, nota de prensa del 23 de junio de 2026, DGT, Instrucción 2019/S-149 y sede electrónica de la DGT, inscripción de VMP.


